División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Financieros, Economía y Comercio
Al contestar refiérase
al oficio Nº 16412
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División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Financieros, Economía y Comercio
Lic. Martín Zúñiga M.
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17 de diciembre, 2004
17 de diciembre, 2004
FOE-FEC-955
Licenciado
Martín Zúñiga M.
Gerente General
PROMOTORA DEL COMERCIO EXTERIOR
DE COSTA RICA (PROCOMER)
Avenida 3ª, Calle 40
San José
Estimado señor:
Asunto:
Se atiende consulta sobre los alcances del artículo 6 de la Ley de Reestructuración de la Deuda Pública, respecto a las inversiones de las entidades públicas en los fondos de inversión.
Nos referimos a su oficio Nro. GG-321-2004 del 19 de octubre, recibido en esta oficina el 26 de ese mismo mes, mediante el cual solicita nuestro criterio sobre los siguientes aspectos:
1. ¿Resulta aplicable a PROCOMER la Ley Nro. 8299?.
2. ¿Puede PROCOMER invertir parte de sus recursos en fondos de inversión?.
3. Si la respuesta a la anterior pregunta es positiva, ¿Cómo se debe interpretar el artículo 6 de la Ley de Reestructuración de la Deuda Pública, en relación con dichas inversiones (en fondos de inversión), teniendo presente que el citado numeral prohíbe el pago por concepto de comisión, intermediación, descuento o premio, generado por las compras de títulos del Banco Central y del Ministerio de Hacienda?
1. Criterio de la asesoría legal de PROCOMER.
Mediante memorandun Nro. DAL 208-2004 del 19 de octubre del 2004, suscrito por la Gerencia de la Asesoría Legal de PROCOMER, se manifiesta lo siguiente:
· La Ley de Reestructuración de la Deuda Pública Nro. 8299 se encuentra dirigida a las instituciones y órganos públicos, sin que exista ningún tipo de distinción en cuanto a su ámbito de aplicación, por lo que, de acuerdo con la naturaleza jurídica de PROCOMER, dicha ley le resulta aplicable.
· En el oficio Nro. FOE-FEC-136 del 6 de marzo del 2003, la Contraloría General de la República acep ...
Fecha publicación: 28/07/2006
Fecha emisión: 16/11/2004
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: HIST. SERVICIOS FINAN. ECONOMIA COMER.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
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DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 1 6 3 1 9
17 de diciembre, 2004
DAGJ-3477-2004
Licenciado
Alexander Arias Valle
Auditor Interno
PROCOMER
Estimado señor:
Asunto: Se rinde criterio sobre varias consultas que nos fueron formuladas.
Damos respuesta a oficios A/I-164-2003, remitido a esta División de Asesoría y Gestión Jurídica mediante oficio 6858 (DI-CR-292) de 22 de junio del 2004 y A/I-107-2004, recibido el pasado 28 de agosto, donde formula varias consultas sobre diferentes tópicos.
Antes de analizar los temas que consulta, es menester señalar que la referente “Recursos Humanos”, mediante oficio DAGJ-3203-2004 se trasladó a nuestra Área de Servicios Financieros, Economía y Comercio para que ahí sea atendida.
I.-Antecedentes:
1) Aplicación del artículo 74 de la Ley Constitutiva de la CCSS:
En cuanto a la aplicación del artículo 74 de la ley de la CCSS, señala que PROCOMER y la CCSS firmaron un convenio para la aplicación del referido artículo 74, donde el artículo 4 dispone: “La Promotora de Comercio Exterior de Costa Rica tiene la obligación de oponerse a la tramitación de cualquier solicitud administrativa de autorización que se le presente y ésta deba acordar en el ejercicio de las funciones públicas de fiscalización y tutela o cuando se trate de solicitudes de permisos, exoneraciones, concesiones o licencias, por no estar al día el solicitante en el pago de las obligaciones de la seguridad social cuando este hecho conste así en los reportes mensuales de la Caja, excepto que el patrono solicitante demuestre estar al día mediante documento extendido por la unidad de cobro administrativo de la Caja correspondiente...”
Detalla algunas gerencias que por sus funciones tienen que contratar bienes y servicios, autorizar, tramitar y emitir certificaciones de diferentes solicitudes, y cita como ejemplo la gerencia de ventanilla única, la gerencia administ ...
Fecha publicación: 20/12/2004
Fecha emisión: 17/12/2004
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)
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Sr. Gregorio Segura Coto
18 de junio, 2002
DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Al contestar refiérase
al oficio No.15444
7 de diciembre, 2004
DI-AA-2806
Señor
Martín Zúñiga M.
Gerente General
Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica
San José, av.3, calle 40, Edificio Centro de Comercio Exterior
Estimado señor:
Asunto: Contrato para la compra de vehículos nuevos y entrega de vehículos usados como forma de pago
Nos referimos a su Oficio GG-322-2004 del 22 de octubre del presente año, mediante el cual nos remite para refrendo, el Contrato para la compra de vehículos nuevos y entrega de vehículos usados como forma de pago
Una vez efectuado el estudio de rigor, con sustento en el acto de adjudicación adoptado por la Junta Directiva de Procomer mediante sesión ordinaria No. 136-2004 del 20 de setiembre de 2004, procedemos a devolver el contrato de mérito aprobado por esta Contraloría General.
No obstante lo anterior, cabe señalar que el presente refrendo no prejuzga sobre la conveniencia, necesidad y oportunidad que pudo mediar a lo interno de esa Promotora para cambiar un vehículo (Nissan Pathfinder) modelo 2000 en perfectas condiciones (avalúo administrativo 314-2004 visible a folio 72 del expediente administrativo) por otro último modelo (Four Runner) por un costo de $46.700, aspecto que queda bajo la exclusiva responsabilidad de esa Administración y que se deberá valorar en futuras adquisiciones de cara a un uso racional de los escasos recursos públicos.
Atentamente,
Lic. Randall Eduardo Vargas Mata
Fiscalizador Asociado
Anexo: Un expediente
RVM/lmu
ci Archivo Central
Auditoría Interna Procomer
Ni: 23512
2004007205
( Contratos
] ...
Fecha publicación: 10/12/2004
Fecha emisión: 07/12/2004
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Financieros, Economía y Comercio
Al contestar refiérase
al oficio Nº 10064
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Financieros, Economía y Comercio
MBA. Alexander Arias Valle
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25 de agosto, 2004
16 de agosto, 2004
FOE-FEC-523
MBA. Alexander Arias Valle
Auditor Interno
PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Avenida 3ª., calle 40, Edificio Centro de Comercio Exterior
San José
Estimado señor:
Asunto:
Atención a su nota Nro. A/I-011-2004, donde se nos consulta sobre la aprobación de reglamentos, circulares y procedimientos y el órgano competente para su promulgación.
Me refiero a su oficio Nro. A/I-011-2004, de fecha 21 de enero del presente año, relativa a una serie de consultas sobre el alcance de los términos “manual, política, procedimiento, norma y reglamento” y sobre qué órgano o funcionario de la Administración debe aprobarlos y si es posible delegar su aprobación o promulgación.
Para tal efecto nos remite el dictamen legal elaborado por la Asesoría Legal de PROCOMER y por una Asesora Legal Externa, número Dal-040-02, de fecha 22 de febrero del año 2002 que analiza una serie de consultas por usted elaboradas y que tienen una estrecha relación con las que nos formula en el oficio de referencia
De previo a contestar cada una de las interrogantes planteadas, estimamos procedente analizar la naturaleza jurídica de la Promotora de Comercio Exterior de Costa Rica.
1.
DE LA NATURALEZA JURÍDICA DE PROCOMER.
El artículo 7 de la Ley N° 7638 define la naturaleza de la Promotora de Comercio Exterior:
“Artículo 7.- Creación
Créase la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, cuyo acrónimo será PROCOMER, como entidad pública de carácter no estatal.”
Esta Contraloría General ha analizado en otras oportunidades las características de los "entes públicos no estatales". Al respecto ha indicado:
“En relación con este punto, deben hacerse algunas conside ...
Fecha publicación: 28/08/2004
Fecha emisión: 25/08/2004
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: HIST. SERVICIOS FINAN. ECONOMIA COMER.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
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R-DAGJ-505-2004
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las nueve horas del veinticuatro de agosto del dos mil cuatro.--------------------------------
Recurso de objeción interpuesto por DISEXPORT INTERNACIONAL S.A, en contra del cartel de la licitación pública 01-2004 para renovar la flotilla de cinco vehículos, promovida por la PROMOTORA DEL COMERCIO EXTERIOR (PROCOMER).-------------------------------------
I.-POR CUANTO: El referido recurso fue recibido el 16 de agosto del presente año. (Ver folio A-1 del expediente de la objeción).---------------------------------------------------------------------------------
II.- POR CUANTO: Sobre la admisibilidad del recurso: El artículo 81 de la Ley de Contratación Administrativa preceptúa que el recurso de objeción debe ser interpuesto dentro del primer tercio del plazo para presentar ofertas, plazo en el cual no se toma en consideración, conforme al artículo 48 del Reglamento General de Contratación Administrativa (RGCA), el día de la publicación del aviso, pero sí el día del vencimiento. En el caso en examen, el aviso en el que se invita a los interesados en participar fue publicado en La Nación el 12 de agosto del 2004, fijándose la fecha de apertura de ofertas para el 18 de agosto del 2004. (Ver folio C-1 del expediente de la objeción). El número de días hábiles existentes entre el 13 de agosto del 2004 –día hábil posterior al comunicado para recibir ofertas- y el 18 de agosto del 2004 –día fijado para la apertura de las ofertas- es de 4 días, siendo un tercio del mismo, 1 día, por cuanto no se consideran las fracciones. En consecuencia, el día límite para presentar el recurso de objeción lo fue el 13 de agosto del año en curso y, en el caso concreto, el recurso se presentó el 16 de agosto, por lo que éste resulta extemporáneo, y así procede declararlo. Cabe advertir que en el caso particular, debe tenerse presente que la Ley de Creación del Mini ...
Fecha publicación: 27/08/2004
Fecha emisión: 24/08/2004
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
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Sr. Manfred Kissling 30 de julio, 2004
DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Al contestar refiérase
al oficio No. 08672
30 de julio, 2004
DI-AA-1638
Señor
Manfred Kissling
Gerente General
Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica
Edificio Centro de Comercio Exterior
San José, Avenida 3ª. Calle 40
Estimado señor:
Asunto: Convenio de cooperación suscrito entre la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER), el Ministerio de Comercio Exterior y la Corporación Hortícola Nacional, para la implementación de acciones conjuntas, un mejor acceso a los productos, en los mercados de los países integrantes de la Comunidad del Caribe, República Dominicana y Puerto Rico.
Nos referimos a su Oficio No.GG-176-04 del 7 de junio del año en curso, mediante el cual nos remite para refrendo, convenio de cooperación suscrito entre la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER), el Ministerio de Comercio Exterior y la Corporación Hortícola Nacional, para la implementación de acciones conjuntas, un mejor acceso a los productos, en los mercados de los países integrantes de la Comunidad del Caribe, República Dominicana y Puerto Rico.
Una vez efectuado el estudio de rigor, devolvemos debidamente refrendado el convenio de cita, sujetándolo en su eficacia a las siguientes observaciones:
Cláusula quinta: en caso que PROCOMER realice contrataciones para cumplir con compromisos del convenio, deberá realizarlas con base en los procedimientos y principios de contratación administrativa, en el tanto su financiamiento provenga en más de un cincuenta por ciento de aportes del sector público.
Cláusula sexta: de conformidad con el artículo 11 de la Ley de Contratación Administrativa, únicamente procede la rescisión unilateral por parte de la Administración Pública. Por tal razón la Corporación no podrá por sí misma dar por concl ...
Fecha publicación: 31/07/2004
Fecha emisión: 28/07/2004
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONVENIOS
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
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Sr. Gregorio Segura Coto
18 de junio, 2002
DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Al contestar refiérase
al oficio No. 04545
4 de mayo, 2004
DI-AA-0926
Señor
Manfred Kissling
Gerente General
Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica
Estimado señor:
Asunto: Convenio de Cooperación y su Addendum, para el Desarrollo del Programa de Asesoría para la Internacionaliación, suscritos entre la Escuela de Agricultura de la Región Húmeda y la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER).
En atención a su oficio No. GG-071-2004 de 22 de marzo, complementado por Oficio No. GG-112-2004 del 27 de abril del 2004, mediante el cual solicita el refrendo al Convenio de Cooperación y su Addendum, para el Desarrollo del Programa de Asesoría para la Internacionalización, suscritos entre la Escuela de Agricultura de la Región Húmeda y la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, le comunicamos que una vez analizados los términos de esos documentos, estamos otorgando el refrendo contralor a los mismos.
No obstante, en cuanto a las excepciones al pago de impuestos y tributos que se señala en la cláusula novena, debemos de señalar que ese será un aspecto que no se entra a cuestionar en esta oportunidad, en virtud de la naturaleza del acuerdo de voluntades de mérito.
Atentamente,
Lic. Elías Delgado Aiza
Fiscalizador
EDA /lmu
ci Archivo Central
Ni: 6183-8523
2004002013
( Contratos
] ...
Fecha publicación: 06/05/2004
Fecha emisión: 03/05/2004
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONVENIOS
Proceso: REFRENDO DE CONVENIOS
PÁGINA
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Sra. Silvia Navarro Romanini
19 de febrero, 2004
DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Al contestar refiérase
al oficio Nº 02417
09 de marzo, 2004
DI-AA-0530
Señor
Carlos Barrantes Rivera
Director, PROMECE
Ministerio de Educación Pública
Estimado señor:
Asunto: Contrato para la construcción de aulas para preescolar, grupo No. 3, suscrito entre el Programa de Mejoramiento de la Calidad de la Educación Preescolar y General Básica (PROMECE) y la Empresa Constructora Diset S.A.
Damos respuesta a su PROMECE-401-2004 de 26 de febrero del año en curso, mediante el cual remite a este Órgano Contralor para trámite de refrendo el contrato para la construcción de aulas para preescolar, grupo No. 3, SUSCRITO ENTRE EL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN PREESCOLAR Y GENERAL BÁSICA (PROMECE) Y LA EMPRESA CONSTRUCTORA DISET S.A..
Una vez realizado el análisis de rigor, devolvemos el convenio de marras con su correspondiente refrendo, condicionado a la existencia de contenido presupuestario.
Atentamente,
Lic. Alberto Franco Narváez
Fiscalizador
Adjunto: Cinco ampos
AFN/sms
ci Archivo Central
Ni: 04543
2004001406
( Contratos
] ...
Fecha publicación: 12/03/2004
Fecha emisión: 09/03/2004
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
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Sr. Gregorio Segura Coto
18 de junio, 2002
DIVISIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD DE AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Al contestar refiérase
al oficio Nº 01039
03 de febrero, 2004
DI-AA-0256
Señor
Manfred Kissling
Gerente General
Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica
Estimado señor:
Asunto: Addendum a convenio de cooperación suscrito entre la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER) y el Ministerio de Comercio Exterior
Nos referimos a su Oficio No. GG-014-04 del 28 de enero del año en curso, mediante el cual nos remite para refrendo, addendum a convenio de cooperación suscrito entre la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER) y el Ministerio de Comercio Exterior.
Una vez efectuado el estudio de rigor, devolvemos debidamente refrendado el documento de cita, por encontrarse ajustado al ordenamiento jurídico.
Atentamente,
Licda. Lucía Gólcher Beirute, M.B.A.
Fiscalizadora
LGB/sms
ci Archivo Central
Ni: 1859
2003600054-02
( Contratos
] ...
Fecha publicación: 06/02/2004
Fecha emisión: 03/02/2004
Institución: PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
Emite: HISTÓRICO AUTORIZACIONES Y APROBACIONES
Tipo documental: CONVENIOS
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM